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Requena (12/02/20) Plataforma de padres y alumnos por la libertad lingüística

Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat, por la que se regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano.

Una cuestión de conceptos:

Artículo 11. Fomento del valenciano y mejora de la competencia en lenguas extranjeras.

  1. a) …”promoverá” que los centros educativos sostenidos con fondos públicos “vehiculen el 50% del tiempo curricular en valenciano”.

Definiciones según la Real Academia Española (RAE)

Promover: “Impulsar el desarrollo o la realización de algo”.

Impulsar: “Incitar, estimular”,

Incitar: “Inducir con fuerza a alguien a una acción”,

Inducir: “Provocar o causar algo”,

Estimular: “Hacer que alguien quiera hacer algo o hacerlo en mayor medida”

 

Obviamente en esta ley no se está estimulando nada, puesto que no se tiene en cuenta si alguien quiere o no.

Queremos libertad de elección de lengua vehicular en la enseñanza”.

Por tanto, nos quedan todas las demás definiciones de la RAE. Y según estas definiciones en esta ley…

 “Promover = finalidad = llegar al 50% del tiempo curricular en valenciano”.

 

 

 

Comparte: Conceptos de la Ley de Plurilingüismo Valenciana