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La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente prohíbe las quemas agrícolas entre junio y octubre en suelo forestal o en sus alrededores.

Requena (31/05/19)

La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural prohíbe entre el 1 de junio y el 16 de octubre todas las actividades relacionadas con la quema de restos agrícolas recogidas en los planes locales de quemas o en autorizaciones nominativas en los terrenos forestales, en los colindantes o a menos de 500 metros.

Se entiende por «quemas agrícolas» las de márgenes de cultivo o de restos agrícolas o forestales, así como la quema de cañaverales, carrizales o matorrales.

Sin embargo, los municipios que cuentan con planes locales de quema con regulación especial (aquellos que tienen planes locales de quema aprobados en los que se permiten las quemas agrícolas en los meses de julio, agosto y septiembre, con las condiciones específicas establecidas en cada plan) podrán realizar las quemas siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial y cuando el nivel de preemergencia por riesgo de incendios forestales sea 1 y hasta las 13.30 horas, como máximo.

El instrumento que regula el uso del fuego agrario son los Planes Locales de Quemas, cuyo objetivo es la asunción, por parte del ayuntamiento correspondiente, de la competencia delegada en la regulación y autorización del uso del fuego en actividades agrícolas, ganaderas o cinegéticas, previa aprobación del plan por parte de la Consejería.

Hay que recordar que la Consejería trabaja con el sector agrario para que la gestión de los restos agrícolas encamine hacia su valorización en sustitución de la pérdida del recurso que supone su quema en el campo.

Para ello es condición previa su separación y recogida selectiva para distinguir entre la fracción que se puede triturar e incorporar sus nutrientes directamente en el terreno (o que puede servir también para complementar sistemas de agro-compostaje) y la fracción que se puede aprovechar de forma más eficiente para la producción de energía renovable, en forma de astilla o de pellets más elaborados.

Zonas con elevado riesgo de incendios

El reto es poner en marcha este modelo de gestión sin que suponga un perjuicio para los agricultores, ni un esfuerzo, ni un coste añadido a las explotaciones agrarias, especialmente en áreas de montaña. Se trata de zonas en las que el riesgo de incendio por negligencias es elevado porque, a su vez, pueden desempeñar un papel fundamental como áreas cortafuegos cuando están labradas, siendo especialmente eficaces para proteger a las poblaciones como cinturones de amortiguación de incendios periurbanos.

Por ello, en el marco de la campaña de concienciación ‘Stop al fuego: tu actitud puede marcar la diferencia’, ya lo largo del mes de junio, la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales ha comenzado a reflexionar con el sector agrario para abordar en varias sesiones de trabajo la viabilidad de las diferentes alternativas al uso agrícola del fuego.

El objetivo es desarrollar, conjuntamente, herramientas que facilitan el sector el desarrollo de proyectos que permiten poner en marcha de manera transversal en todo el territorio, iniciativas de valorización de estos restos agrarias.

La política de prevención de incendios forestales de la Generalitat prioriza la actuación directa sobre las causas que ocasionan fuegos que puedan descontrolarse.

En este sentido, más del 80% de los fuegos que se inician en este territorio tiene causas humanas y, dentro de éstas, las negligencias son las de mayor peso. Las estadísticas de incendios forestales corroboran, año tras año, que una parte importante de las negligencias que originan incendios en las montañas se deben a un uso inadecuado del fuego como herramienta de eliminación de restos agrícolas.

 

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