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LA HISTORIA EN PÍLDORAS. IGNACIO LATORRE ZACARÉS

En esta píldora hablamos de la forma más antigua democrática castellana, los concejos abiertos, que aún subsisten en ciertas partes de España y que estuvieron presentes en la comarca. Esta forma administrativa participativa altomedieval se ha salvado de las intenciones de eliminarla con la reforma de la administración local.

En las “píldoras” siempre solemos hacernos eco desde una visión histórica de asuntos que de alguna manera están presentes en la vida actual, por motivos de calendario o simplemente de actualidad informativa. Las noticias han vuelto a traer a la actualidad una palabra antigua que parecía haber quedado en desuso: el “concejo”. Pues sí: los concejos que quedan, aún muchos en tierras leonesas, castellanas, gallegas, asturianas y alavesas, se han salvado de la rebanada que les iba a dar la nueva ley de administración local con la excusa de la racionalización administrativa. En la comarca también tuvimos concejos, y de gran entidad, pero es una figura administrativa ya perdida. Les cuento.

Los concejos abiertos son la forma política democrática y popular más antigua de esta piel de toro cuando aún no se llamaba ni España. Eran los viejos “consilium”, con orígenes visigodos, que integraba a los hombres libres de un mismo territorio y a la asamblea formada por ellos. En su origen, estos concejos abiertos consistían en que todos los vecinos del lugar, aunque no siempre todos, se reunían a toque de campana y deliberaban y adoptaban decisiones sobre los asuntos tocantes a las propiedades y competencias de los vecinos (el llamado “común”). Un vecino, un voto y sin necesidad de representantes intermedios. Incluso, se reivindica ahora que fue la entidad donde ya hace 800 años la mujer podía votar cuando ésta era viuda. Los bienes del común eran muy importantes pues incluían bosques, pastos, balsas, abrevaderos, etc. de donde aprovechaban recursos muy importantes para la supervivencia.

Estos concejos fueron evolucionando hacia formas más oligárquicas para dar paso a un gobierno reducido conocido como regimiento o cabildo de regidores, que tomó para sí muchas de las competencias municipales, lo que comportaba un dominio importante de la vida local, incluida la actividad económica. Alfonso XI, en la primera mitad del siglo XIV, creó estos regimientos que fueron lentamente avanzando en los ayuntamientos castellanos hasta convertir muchos de los concejos abiertos en concejos cerrados o secretos, tal como lo denomina el libro de actas de Requena. Las oligarquías urbanas procuraron desde el primer momento acaparar los cargos de regidor.

Efectivamente, cuando se inician las actas del Ayuntamiento de Requena en 1520, los regidores, junto con los alcaldes, diputados y procurador general del común formaban el Concejo. Y así empezaban su reunión cerrada: “Estando en la sala del Ayuntamiento desta villa de Requena, los muy virtuosos señores… estando entiendo en cosas conplideras al pro e bien desta villa” o bajo esta otra fórmula “para tratar y conferir sobre las cossas tocantes al servicio de Dios nuestro Señor y bien y utilidad de la República”.

Al principio, estos regidores requenenses se elegían a suertes en forma de papeles introducidos en un sombrero entre las diferentes personas y familias que siempre estaban cercanas al poder municipal. Sin embargo, a partir de 1545, el rey, en su afán de un mayor control de la autonomía municipal y de mayores recursos para sus arcas, nombró a los cuatro regidores perpetuos de Requena tras haber pasado previamente éstos por caja. La oligarquización de la vida municipal daba un paso extraordinario: los regidores ya no se elegían al azar anualmente, sino eran nombrados a perpetuidad por el rey.

Sin embargo, de tanto en tanto y en asuntos de calado, se llamaba a concejo abierto en el que cuál podían participar todos los vecinos. En 1444 será Utiel en concejo abierto los que acepten el señorío y condiciones económicas del poderoso Pacheco, marqués de Villena. También será en concejo abierto cuando Requena en 1468 decida no conceder al conde de Castrojeriz los 600.000 maravedíes que exigía por derechos del puerto seco y aduana. O será también en concejos abiertos cuando se delibere en Requena por las frecuentes confrontaciones que tenía con Mira tras su segregación en 1537 o cuando mantuvieron un penoso y complejo pleito contra el fiscal del rey por los derechos del pan y ganados que pasaban por la aduana requenense.

En 1543, las actas requenenses nos aclaran que la casa del Concejo era la misma que la posada o morada donde residía el Corregidor.

La figura del concejo subsistió por mucho tiempo en la comarca. De hecho, cuando a Venta del Moro Fernando VII le abolió su primer ayuntamiento erigido en 1813 gracias a la Constitución de Cádiz, los representantes venturreños (alcalde pedáneo, teniente alcalde, antiguos alcaldes pedáneos y fiel de fechos) se seguían reuniendo en una junta que ellos denominaban “concejo”.

La forma concejil requenense se volatilizó al igual que se volatilizaron todos los extensísimos bienes comunales (bienes directamente del pueblo, no del Ayuntamiento) que poseyó Requena.

En España aún quedan muchos concejos en pequeñas poblaciones que funcionan como una asamblea vecinal citada a toque de campana, con voz y voto directa de sus moradores y que gestionan un gran patrimonio de bienes comunales que suponen para sus vecinos pasto, madera, caza, pesca, etc. Funcionan en la forma democrática más esencial y primigenia de forma participativa y administrando de una manera sostenible un patrimonio colectivo forestal que en el Norte de España sigue siendo muy extenso. Han tenido la espada de Damocles encima, pero se han salvado por esta vez.

Si quieren saber algo más sobre los concejos, les animo a escuchar este interesante programa de “El bosque animado”:
http://www.rtve.es/alacarta/audios/el-bosque-habitado/bosque-habitado-llamada-concejo-campana-tanida-22-12-13/2256009/

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