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Para locales de ocio y hostelería con más de 50 personas, festivales de música y eventos y visitar hospitales y residencias

Requena (29/11/21)

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha autorizado la exigencia del llamado pasaporte Covid para acceder a establecimientos de hostelería, restauración y ocio con aforo superior a 50 personas, festivales de música y eventos y celebraciones con más de 500 asistentes, así como para visitar a pacientes e internos en hospitales y residencias, entre otras actividades.

Estas disposiciones estarán en vigor durante 30 días tras su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) ya qeu consideran que son medidas equilibradas al obtener «más beneficios para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto», al tiempo que cumplen el «juicio constitucional de proporcionalidad».

Los magistrados argumentan que estas medidas son idóneas para reducir el riesgo de transmisión del virus en los interiores de aquellos lugares donde, por su idiosincrasia, no es posible hacer un uso continuo de la mascarilla.

Además, la exigencia del certificado Covid busca evitar que se llegue «al escenario de nuevas restricciones de derechos fundamentales mucho más intensas de la que aquí se trata» y el anuncio de su implantación ya ha incentivado la vacunación.

«Nuestro Alto Tribunal entiende que este tipo de medida supone una limitación tenue de determinados derechos fundamentales que, al ser enfrentada con la poderosa presencia de otros derechos fundamentales -como la vida o la protección de la salud-, aporta una justificación objetiva y razonable para su adopción», señala la resolución.

Hay que tener en cuenta que existen tres tipos de certificado, todos válidos para poder ser presentados en la entrada de los establecimientos; el más habitual es el de vacunación, disponible si se ha recibido alguna dosis de las vacunas frente al covid-19. Pero también se puede utilizar el de diagnóstico -si se ha realizado una PCR en las últimas 72 horas o una prueba de antígeno en 48- y el de recuperación -en caso de haber superado la enfermedad en los seis meses anteriores-.

Para conseguir el pasaporte covid online en la Comunidad Valenciana es necesario acceder al siguiente enlace.

  • En estos momentos se debe rellenar un formulario con los siguientes datos: número de SIP, fechas de nacimiento y de emisión de la tarjeta SIP e introducir el código de validación que aparece en la pantalla.
  • Una vez introducidos estos datos, se recibirá un mensaje de confirmación en el móvil con una clave de seguridad para acceder a la zona de descargas de documentos, donde se puede elegir la tipología del certificado.
Comparte: El TSJCV autoriza el pasaporte Covid en la Comunitat Valenciana