lunes, 4 julio
Ya ha entrado en vigor la nueva ordenanza sobre matrimonios civeles que introduce cambios para abrir así el abanico de posibilidades en la celebración de bodas civiles en nuestro municipio.
En la sesión ordinaria de pleno del Ayuntamiento de Requena, celebrada al 14.04.16 se acordó la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios de matrimonio civil.
Esta modificación de la ordenanza introduce la gratuidad de las bodas celebradas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento en días laborables, lo que permite que aquel que lo desee pueda casarse en las dependencias municipales sin desembolso alguno.
Además, se incorpora San Nicolás como nueva opción para la celebración de matrimonios civiles. Se ha atendido la petición de numerosas parejas que querían celebrar su boda en el recién rehabilitado edificio municipal.
La cuantía de la tasa será la cantidad establecida en la siguiente tarifa:
– Por cada servicio oficiado por el Ayuntamiento en el Salón de Plenos (fuera de horario de oficina y en días festivos) 94,10€
– Por cada servicio oficiado por el Ayuntamiento en el Claustro (días laborables) 136,40€
– Por cada servicio oficiado por el Ayuntamiento en el Claustro (días festivos) 148,80€
– Por cada servicio oficiado en San Nicolás (días laborables y festivos) 450,80€
– No estará sujeto a la tasa los servicios ofrecidos en el Salón de Plenos en días hábiles y durante el horario de oficinas.
Hay que aclarar que el importe de cada tasa se ajusta al coste real de prestación de servicio en cada lugar, por lo que el Ayuntamiento no obtiene ningún beneficio por la celebración de matrimonios civiles en ningún caso.
El importe de la tasa va a pagar así el coste de celebración del evento. También hay que recordar que los concejales y las concejalas del Ayuntamiento de Requena no cobran nada por oficiar los matrimonios civiles, al contrario que en la mayoría de ayuntamientos.