Coviñas presenta Al Vent y amplía la familia Aula con un Chardonnay
Leer más
Utiel celebrará las V Jornadas de Recreación de la Trashumancia el próximo 11 de mayo
Leer más
Esta mañana abría sus puertas la IV Feria Escolar de Ciencias organizada por el AMPA CEIP Enrique Rambal
Leer más

El departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Utiel ha iniciado la tramitación de las subvenciones convocadas por la Generalitat para la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores.

Utiel (23/09/21) – Sara Contreras.

Con el objetivo de facilitar el acceso a estas ayudas, el Ayuntamiento de Utiel gestiona estas solicitudes dirigidas a personas mayores que incluyen tanto las subvenciones dirigidas a la eliminación de barreras arquitectónicas existentes en la vivienda propia como en el edificio de la persona mayor que obstaculizan su movilidad, incluyendo aquellas transformaciones o reformas que contribuyan a ello.

La cuantía de la subvención se establece en función de los ingresos totales de la unidad familiar, del número de miembros de la misma y del coste de la actividad subvencionada, siendo el importe máximo por el que se rigen estas prestaciones para la eliminación de barreras arquitectónicas de 3.954,30 €.

Las personas interesadas en acceder esta subvención deberán solicitar cita previa con Servicios Sociales de Utiel en los teléfonos 674 763 393 o 610 359 718. Además, el plazo de presentación de las solicitudes finaliza el próximo 1 de octubre, y se puede encontrar la información completa de la convocatoria en www.utiel.es o en ‘Guía Prop’ apartado de ‘Trámites y servicios’.

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de las prestaciones económicas individualizadas las personas solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 60 años.
  • Que existan deficiencias de carácter motor o sensorial en el solicitante que le impidan o dificulten su movilidad a través de medios normales.
  • Que la solicitud esté referida a elementos relacionados con las necesidades de accesibilidad y comunicación, siendo excluidos los que signifiquen una mejora en el hogar y/o edificio que no esté directamente relacionada con los impedimentos físicos y/o sensoriales.
  • Idoneidad de lo solicitado para cubrir la necesidad que requiere el solicitante, que se acreditará a través de los informes médico y social exigidos en la correspondiente convocatoria.

 

 

Comparte: Servicios Sociales de Utiel tramita las ayudas destinadas a la supresión de barreras arquitectónicas para personas mayores