miércoles, 17 febrero
El ayuntamiento ha convocado un pleno para mañana en el que se solicita la aprobación del acta, pero no la nulidad como pidió en Sindic de Greuges.
Requena, (17/02/21). Redacción.
El PP de Villargordo del Cabriel ha emitido una nota en la que explica que, después de casi 8 meses, la señora alcaldesa ha convocado sesión ordinaria de pleno.
Como se aprecia en la convocatoria, justo con los 2 días legales de plazo para convocarlo, falta incluir, o si lo está no se lee correctamente, el punto en el que se tiene que debatir y someter a votación la nulidad del pleno extraordinario del 6 de Julio de 2020, según le indica el Síndic de Greuges de la Comunidad Valenciana a la señora alcaldesa.
Recordamos, continúa el PP, que este pleno era el supuestamente convocado por el partido popular y así quedo constituido bajo el articulo 46.2.a de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y que incluía un único punto de orden del día llamado “actuaciones del ayuntamiento de Villargordo del Cabriel ante la crisis del Covid-19”
Al notificarlo de esta manera, los concejales promotores no sabían que se les había concedido el pleno que tenían pedido y no se pudo desarrollar, pero sí que la alcaldesa y su equipo de gobierno aprovecharon para aprobar una serie de medidas económicas de las cuales los concejales de la oposición no tenían información alguna.
Al ser un pleno que se convocaba a petición del partido popular no se podían debatir medidas diferentes a las propuestas y aun así las sometieron a votación, con lo que al finalizar la sesión se pidió por escrito la nulidad de la sesión.
Se informo al Síndic de Greuges de estos hechos y este considera que la alcaldesa de Villargordo vulnera el artículo 23 de la constitución española según se publicó en el artículo siguiente: https://iv.revistalocal.es/sindic-greuges-considera…/…
En la última comunicación del Síndic, la alcaldesa le acepta sus recomendaciones después que en una comunicación anterior expresaba todo lo contrario por las consecuencias y efectos negativos y perjudiciales que a terceros que se producirían. Con lo que, derivado de las mismas contradicciones de la alcaldesa, el Síndic le dice que debe de someter a manifestación plenaria este asunto y antes del 10 de marzo de 2021 debe de emitir el certificado plenario en el que conste la manifestación plenaria, aprobada o no, de la declaración de nulidad de la sesión plenaria en cuestión.
En ningún caso, la intención del partido popular es que las consecuencias derivadas de una mala gestión por parte del ayuntamiento las paguen las terceras personas que se beneficiaron de tales ayudas. Pero se ha de entender que todos los procedimientos que se realicen por parte del Ayuntamiento deben seguir los cauces legales, y en este caso, queda demostrado que no ha sido así según nos avala el Sindic de Greuges de la Comunidad Valenciana.
Fuente: PP Villargordo del Cabriel.
ESCUCHAR a FRANCISCO NUÉVALOS, portavoz del PP de Villargordo del Cabriel: