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La OIV establece medidas derogatorias en relación con la representación geográfica de los jurados de concursos internacionales de vinos y espirituosas por el Covid 19

Se trata de una medida excepcional y transitoria destinada a reavivar el dinamismo de los concursos, además de ser una invitación institucional a tomar mayores precauciones ante la pandemia.

Requena, (13/05/20). Redacción – OIV.

A fin de adaptarse a la situación excepcional actual, la OIV, Organización Internacional de la Viña y el Vino, introdujo medidas derogatorias relativas a la dispersión geográfica de los jurados en los concursos internacionales. La OIV apoya la actividad del sector vitivinícola invitando a los concursos a recurrir a catadores nacionales durante este período de transición. Deseando transmitir un fuerte mensaje institucional en estos tiempos difíciles, la OIV no sólo permite, sino que insta a los organizadores a confiar en catadores nacionales con experiencia probada en competiciones internacionales. Esta respuesta institucional forma parte de una toma de conciencia de la necesidad de reducir los viajes para limitar la propagación del virus.

Esta derogación temporal se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2021.


CONCURSOS INTERNACIONALES DE VINOS & BEBIDAS ESPIRITUOSAS

REGLAS DEROGATORIAS COVID / RESOLUCIÓN OIV/CONCOURS 332A/2009

Dispersión geográfica de los orígenes de los miembros del jurado

El Director General de la OIV, Previa consulta con la Federación Mundial de Concursos Internacionales de Vinos y Espirituosas (VINOFED) con estatus de Observador con la OIV, Considerando las limitaciones sanitarias inducidas por la pandemia mundial de Covid-19 y, en particular, las restricciones al movimiento, Considerando también la necesidad de apoyar la actividad de la industria vitivinícola a través de concursos internacionales que, en el sentido del estándar OIV de los concursos internacionales de vino y espirituosas, tienen come objetivo:

  • favorecer el conocimiento de los vinos y de las bebidas espirituosas de origen vitivinícola de buena calidad,
  • estimular su producción y su consumo responsable como factor de civilización,
  • hacer conocer y presentar al público los tipos característicos de vino y de bebidas espirituosas de origen vitivinícola producidos en los diferentes países,
  • elevar el nivel técnico y científico de los productores
  • contribuir a la expansión de su cultura,

Considerando el artículo 7 de la Norma 332A/2009, que define los principios que rigen el nombramiento de los jurados en concursos internacionales y la dispersión geográfica de sus orígenes,

ACEPTA, con carácter temporal, que la mayoría de los miembros del jurado del mismo jurado pueden ser nacionales del país organizador, manteniendo al mismo tiempo un mínimo de jurados no nacionales, a saber:

  • al menos 2 no nacionales del país anfitrión para el jurado de 5 miembros
  • al menos 3 no nacionales del país de acogida para jurados de 6 o 7 miembros

RECOMIENDA a los organizadores, durante este período transitorio, que utilicen catadores nacionales con experiencia contrastada en concursos internacionales, ESTABLECE el período despectivo temporal para todas las competiciones patrocinadas por la OIV que se celebrarán entre el 6 de mayo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

Hecho en París, 5 de mayo de 2020.

Sobre el patrocinio de la OIV

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