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Moción

Don Fernando Navarro Giménez, Portavoz del Grupo Municipal de EUPV en el Ayuntamiento de Requena, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, eleva al Pleno de la Corporación para su debate la siguiente moción: 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En el informe preliminar del Comité de la Organización de Naciones Unidas contra las desapariciones forzadas, en su visita a España entre los días 23 y 30 de septiembre de 2013 -publicado el pasado 15 de noviembre de 2013- y en coincidencia con el informe presentado por el Comité contra la Tortura (de noviembre 2009) y del Comité contra la Desaparición Forzada (de noviembre 2013), órganos que velan por el cumplimiento de las Convenciones correspondientes y de los que España forma parte, se hacían una serie de recomendaciones al estado español para garantizar que este cumpla las mínimas obligaciones en derechos humanos necesarias en cualquier estado democrático en relación con las desapariciones forzadas.

El señor Pablo de Greiff, relator especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas encargado de analizar el grado de ejecución de las recomendaciones antes dichas, realizó una visita oficial a España entre los días 21 y 31 de enero en la que tuvo oportunidad de entablar dialogo con representantes de los tres poderes del Estado, instituciones independientes y actores de la sociedad civil, tanto a nivel central como en las comunidades autónomas de Madrid, Andalucía, Cataluña y Galicia, en función de las competencias que el Consejo de DD.HH. de la ONU le otorga (resolución 18/7)

De esta visita conocemos las conclusiones preliminares, hechas públicas el 3 de febrero de 2014 y que serán refrendadas en septiembre por la Asamblea de Naciones Unidas.

En dichas consideraciones el relator dice literalmente que lo que en España ha venido a llamarse “memoria histórica” no son temas primordialmente de memoria, sino de derechos y que, por tanto, es una necesidad de la sociedad; son derechos de toda la sociedad y una necesidad colectiva de derechos y, según aclara el relator, vale también la pena anotar, no son sólo víctimas sino de la sociedad en general.

Queremos transmitir con esta moción, por tanto, un mensaje de reconciliación y no de abrir heridas o revisar el pasado tal sino que, siguiendo al Sr. de Greiff y como se ha comprobado en otros casos, la reconciliación en ausencia de intentos por dar plena vigencia a los derechos a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición es siempre sólo el nombre que se le da a un estado temporal en un proceso en el cual las demandas persisten.

Por lo expuesto, el Pleno del Ayuntamiento de Requena adopta los acuerdos de apoyo a los mecanismos de reparación siguientes:

1º.- Creación de una comisión de la verdad de corte institucional sobre la represión de la dictadura franquista a modelo de los procesos llevados a cabo en otros países en estado de reconciliación y de aplicación de los derechos humanos básicos a las víctimas.

2º.- En esta línea de compromiso, manifiesta su apoyo y adhesión a la Querella 4591-10, del Juzgado Nº 1 de Buenos Aires, República Argentina, que lleva adelante la magistrada María Servini de Cubría por delitos de genocidio y lesa humanidad contra los responsables de la conculcación de los derechos humanos durante el Franquismo y a cuantos procedimientos judiciales que puedan abrirse en otros países en la búsqueda de la justicia universal.

3.- Privar de efecto cualquier ley o reglamento nacional que obstaculice las investigaciones.

4º.- Dar traslado de este dicha resolución al Gobierno de la Nación y a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de Diputados.

En Requena, a 31 de marzo de 2014

Fdo.: Fernando Navarro Giménez
SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE REQUENA

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