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foto europapress.es

Requena (20/04/22)

El Consejo de Ministros aprobó ayer martes un Real Decreto por el que el uso de mascarillas deja de ser obligatorio en espacios interiores a partir de hoy miércoles, tras ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se trata de «un día importante en el que se siguen superando etapas» de la pandemia, que comenzó hace ya más de dos años, «es un paso más en la evolución de la pandemia. La COVID-19 sigue entre nosotros, pero evoluciona de manera positiva y los indicadores marcan un nivel bajo con carácter general, estable en la mayoría del territorio. Seguimos avanzando desde la prudencia pero también desde la progresividad», ha apuntado la Ministra ya que es el «momento oportuno»  porque nos encontramos en un contexto epidemiológico favorable que permite la flexibilización del uso de las mascarillas. Está motivada por la altísima cobertura vacunal de nuestro país, que ha cambiado las características de la pandemia. Y la gravedad de la enfermedad ha descendido de manera importante por el impacto positivo de las vacunas».

¿DÓNDE HABRÁ QUE SEGUIR LLEVANDO MASCARILLA?

Seguirá siendo obligatoria en determinados ambientes, «en razón de la vulnerabilidad» de las personas que los suelen ocupar.

  • Habrá que seguir llevándola en centros, servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión de sangre o farmacias. En los hospitales, sin embargo, las personas ingresadas estarán exentas de llevarla cuando estén en su habitación.
  • Se deberá llevar en centros sociosanitarios como residencias de mayores, aunque no será obligatoria para los ancianos pero sí para los trabajadores y los familiares que realicen visitas.
  • Será obligatoria en transporte aéreo, ferrocarril, cable, autobuses y cualquier tipo de medio público, aunque en los andenes estará exento su uso. En los barcos, se deberá llevar cuando «no se pueda mantener la distancia de 1,5 metros».

«EN NINGÚN CASO» EN EL ENTORNO EDUCATIVO

  • La mascarilla «no se usará en ningún caso en ambientes escolares». «Ya no era obligatoria en recreos y ahora tampoco lo será en todos los ámbitos de los centros educativos», ha sostenido.
  • En el entorno laboral, de la misma forma, «no resultará obligatoria con carácter general», las empresas podrán acordar su uso «en función de la evaluación de riesgo del puesto de trabajo».
  • No será obligatoria en interiores ni exteriores en partidos de fútbol o baloncesto.

Leer la notica completa en la fuente,  europapress.es

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