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Ante la contestación dada por el Sr. Alcalde al requerimiento presentado Elías Ramírez y Joaquín González, portavoces de los grupos municipales de Izquierda Unida y Partido de Requena y Aldeas respectivamente, para que se hiciese efectiva la medida aprobada sobre la gratuidad de los museos para las personas empadronadas y/o nacidas en Requena, Izquierda Unida quiere manifestar su desacuerdo con la no aplicación y su insistencia en que no es una cuestión jurídica, sino de voluntad política.

El portavoz de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Requena, Elías Ramírez ha presentado un escrito insistiendo en la validez del acuerdo y en la falta de consistencia de las argumentaciones del Sr. Alcalde, el cual basa sus reticencias a su aplicación en que la Propuesta aprobada, puede vulnerar el principio de igualdad de todos los españoles ante la Ley, el principio de no discriminación por razón de nacionalidad del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, y el principio de reserva de Ley contemplado en el Texto Refundido de la Ley de Reforma de las Haciendas Locales, una vez recabados los informes del Secretario y de la Interventora de Fondos del Ayuntamiento.

En el citado escrito Elías Ramírez manifiesta su asombro en lo referente a supuestos informes del Secretario e Interventora de Fondos del Ayuntamiento, sobre que dicho acuerdo puede vulnerar el principio de igualdad de todos los españoles ante la Ley. “Si esto fuera así, que no lo es, no entendemos cómo está vigente, desde el 28 de diciembre de 2013, la Ordenanza Fiscal nº 20, cuyo artículo 3º, apartado a) indica “sobre estos precios se establecerán los siguientes descuentos: 25 % para los pensionistas y jubilados empadronados en Requena”.

“No entiendo cómo desde el 28 de diciembre de 2013, el Secretario Municipal y la Interventora, no hayan puesto ningún reparo a dicha Ordenanza Fiscal nº 20, y el celo, en los supuestos informes, para la no aplicación del acuerdo del Pleno del día 13 de agosto.”

Por ello insiste que si el acuerdo que se adoptó es discriminatorio, que repite, no lo es, igual de discriminatoria es la Ordenanza Fiscal nº 20 vigente en la actualidad.

Sólo hace hace falta repasar las distintas ordenanzas sobre impuestos y tasas, para ver que en casi todas hay exenciones y bonificaciones, y en muchas de ellas se exige como requisito el estar empadronado en Requena, cómo puede ser la bonificación en el IBI a las familias numerosas, el citado 25% a los pensionistas y jubilados, o el 100% a los grupos escolares de término municipal. No entendemos que sea discriminatorio bonificar a ciertos colectivos. Discriminatorio sería que reuniendo los requisitos contemplados en la norma no se aplicase la misma.

Entendemos que no es un tema jurídico lo que nos ocupa, sino la falta de talante democrático del actual Gobierno Municipal. Para hacer efectivo el acuerdo del Pleno del día 13 de agosto, el Gobierno Municipal tiene un instrumento, cual es el aplicar el artículo 5 de la meditada Ordenanza Fiscal nº 20, referente a Promociones. Lo dicho anteriormente, Sr. Alcalde: falta de talante democrático.

Y por último, recordar que EUPV hace expresa reserva de acciones civiles y penales que le pudiera corresponder, por la no aplicación del citado acuerdo de fecha 13 de agosto último.

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