miércoles, 15 octubre
Adelo Montés Diana, Portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Requena, presenta al Pleno de la Corporación, para su aprobación, la siguiente
MOCIÓN
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte publicó la Orden 48/2014 de 18 de junio de 2014 por la que se convoca la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat y privados y concertados para el curso escolar 2014-15.
El artículo 5.1 contempla como beneficiarios directos de la ayuda del servicio de comedor escolar a: «El alumnado que sea beneficiario de ruta de transporte escolar, y haga uso habitual del mismo, o de ayuda individual de transporte, en ambos casos por residir en un municipio diferente a aquel en que se encuentre el centro educativo en el que este escolarizado».
Por tercer año la Conselleria de Educación ha publicado la concesión de ayudas de comedor escolar con este requisito que suprime el derecho a ser beneficiario del servicio gratuito de comedor escolar al alumnado transportado de las aldeas.
Por tanto, este es el tercer curso escolar en el que muchas familias tendrán que pagar nuevamente el comedor escolar de sus hijos e hijas.
Hasta el Curso Escolar 2011-2012 todo el alumnado procedente de las distintas aldeas de Requena que era transportado al CEIP Lucio Gil Fagoaga era beneficiario del servicio gratuito de comedor escolar.
Desde el Grupo Municipal Socialista ya presentamos diversas mociones en los Plenos celebrados en el año 2012 (12-07-12 y el 5-11-12) sobre los problemas y el perjuicio económico que podría causar la aplicación de la primera Resolución (13 de junio de 2012) para las familias residentes en algunas aldeas del municipio con hijos en edad escolar.
En 2013 nuevamente presentamos otra moción en agosto, tras publicar la Conselleria otra Resolución (20 de junio de 2013) en los mismos términos que la primera, reiterando nuestro rechazo a la misma en los siguientes términos:
1º Exigir a la Conselleria de Educación, y en concreto a la Dirección General de Centros y Personal Docente, que todo el alumnado beneficiario del servicio de transporte escolar de las aldeas de REQUENA, por no existir oferta educativa sea beneficiario también del servicio gratuito de comedor escolar.
2º Derogar la Resolución en los puntos que no tienen en cuenta las características de nuestro municipio que cuenta con 25 pedanías y que es el más extenso de toda la Comunidad Valenciana con 815 km2.
3º Reformular la resolución contemplando las características del municipio de Requena y de todos los municipios de la Comunidad Valenciana que tienen en su término pedanías o aldeas. Estas propuestas fueron aprobadas por unanimidad en el Pleno del 12 de septiembre de 2013.
Desde Grupo Parlamentario Socialista, la diputada Pilar Sarrión presentó a la Mesa de las Cortes Valencianas una Proposición no de Ley que recogía como propuesta de resolución todos los puntos aprobados en el Pleno de Requena. El Grupo Parlamentario del PP que es mayoritario rechazó la Proposición no de Ley.
Desde las familias afectadas también se han llevado a cabo numerosas acciones como recogida de firmas, escritos y reclamaciones dirigidas tanto al centro, como al Ayuntamiento, como a la Conselleria de Educación e incluso ante el Síndic de Greuges.
El propio Síndic de Greuges en contestación del 3 de abril de 2014, reconoce las razones de las quejas y da la razón a las familias: “Esta institución es conocedora de las dificultades de las familias que debido a la crisis económica que padecemos ven imposible asumir los gastos de escolarización de sus hijos y más como en el caso que plantea la promotora de la queja, de alumnos residentes en diferentes aldeas del término municipal de Requena, desplazados obligatoriamente al CEIP Lucio Gil Fagoaga, distante a mas de 12 kilómetros de su domicilio y que no han resultado beneficiarios del servicio gratuito de comedor escolar desde el pasado curso.” Y añade que: “debería ser posible que estos alumnos pudieran ser beneficiarios del servicio de comedor escolar, habida cuenta de la imposibilidad de muchos padres de hacer frente no solo al pago de dicho servicio, sino de recogerlos a la hora de comer y reintegrarlos posteriormente.”
A fecha de hoy la situación de estas familias es la misma. La Conselleria de Educación ha hecho oídos sordos a todas estas peticiones que se han presentado por diversos medios y publicó la concesión de ayudas en los mismos términos que los dos cursos anteriores, como se ha explicado al principio de esta moción.
Durante este verano se llevaron a cabo dos reuniones diferentes en Conselleria. En la última se dio a entender que Conselleria aprobaría un horario especial continuo de mañana al CEIP Lucio Gil Fagoaga para que el alumnado de las aldeas pudieran regresar a su casa a comer. Finalmente la Conselleria no se ha dignado a notificar este cambio, lo que ha generado bastante malestar en el propio centro, en las familias y en el resto de los colegios de Requena.
El 29 de septiembre de 2014 la Dirección general de Centros y Personal Docente emitía la resolución definitiva de las ayudas de comedor escolar:
Primero.- Que los solicitantes con 19 ó 20 puntos en el baremo son beneficiarios del 100%, siendo la cuantía diaria de la ayuda de 3´94 €.
Segundo.- Que los solicitantes con 18, 17, 16 o 15 puntos son beneficiarios del 70% de la ayuda de comedor, siendo la cuantía diaria de la ayuda de 2,76 €.
Este curso el CEIP Lucio Gil Fagoaga tiene aproximadamente unos 82 alumnos y alumnas de transporte de las aldeas. De los cuales solo 17 son beneficiarios del 100% de las ayudas de comedor. Otros 13 alumnos son beneficiarios del 70%. Y nada menos que a 52 niños y niñas se les ha denegado la ayuda y por tanto tienen que pagar 4 € al día que es el precio del menú.
El cálculo es el siguiente:
– Para el alumnado que se ha quedado sin beca: 52 alumnos a 3´94 euros (cuantía de la ayuda diaria de comedor) durante los 146 días de funcionamiento de todo el curso el total a pagar por las familias a las que se las ha denegado la ayuda asciende a 29.912,48 €.
– El coste de los 13 alumnos con beca de comedor del 70% que han de abonar 1,18 euros por menú, ( 13 X 1,18 x 146 días) es de 2.239,64 euros. Si se suman ambas cantidades el IMPORTE TOTAL es de 32.152,12 €.
Esta es la cantidad, 32.152,12 €, que la Conselleria ha denegado a las familias de Requena residentes en las aldeas.
Insistimos en recordar el artículo 27 de la Constitución Española que reconoce «el derecho a la educación y a la enseñanza básica obligatoria y gratuita. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación». Por tanto las Administraciones, no sólo deben proporcionar el servicio público educativo al alumnado, sino que también deben remover los obstáculos de cualquier naturaleza que impidan o dificulten el ejercicio del derecho a la educación.
De acuerdo con lo que establecen los artículos 81 y 82 de la L.O.E. (2/2006): “Las Administraciones Educativas, en cumplimiento del derecho a la Educación, tienen la obligación de garantizar a todo el alumnado un puesto escolar gratuito en su propio municipio o zona de escolarización establecida”. “Las Administraciones Educativas tendrán en cuenta el carácter particular de la escuela rural a fin de proporcionar los medios y sistemas organizativos necesarios para atender a sus necesidades especificas y garantizar la igualdad de oportunidades”.
Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Requena, presenta al Pleno de la Corporación, para su aprobación, los siguientes
ACUERDOS
1º Exigir a la Conselleria de Educación, y en concreto a la Dirección General de de Centros y Personal Docente, que todo el alumnado beneficiario del servicio de transporte escolar de las aldeas de Requena (por no existir en estas oferta educativa) sea beneficiario también del servicio gratuito de comedor escolar para el presente curso escolar y sucesivos.
2º En caso de que Conselleria no asuma dicha exigencia, que el Ayuntamiento se haga cargo del importe para compensar las becas asistenciales del comedor escolar del alumnado transportado obligatoriamente de las aldeas por carecer de oferta educativa en las mismas.
3º Derogar la Orden de 18 de junio de 2014 de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, en concreto el artículo 5.1 citado anteriormente y que sigue sin tener en cuenta las características de nuestro Municipio.
Requena, 8 de octubre de 2013