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El Gobierno autoriza a los gobiernos autonómicos acudir al Tribunal Supremo para unificar restricciones de movilidad tras el estado de alarma.

El Gobierno deroga el artículo 116 (de alarma, excepción y sitio).

Requena (05/05/21)

El Consejo de Ministros aprueba el Real Decreto Ley con medidas sociales, sanitarias y jurisdiccionales para aplicar al finalizar el estado de alarma. Con estas modificaciones, el Gobierno permite a los gobiernos autonómicos acudir al Tribunal Supremo con el fin de establecer y unificar restricciones de movilidad, cuando acabe del estado de alarma el próximo 9 de mayo. Está modificación entrará en vigor a partir de las 00:01 horas.

Según Calvo el Gobierno asumió hace más de un año un estado de alarma muy riguroso. Ahora consideramos que tenemos que seguir transitando hacia otros escenarios con otras condiciones. Queremos estar en criterio de eficacia, proporcionalidad jurídica transparencia y eficiencia«.  «El Gobierno, siempre responsable de su posición, ha venido trabajando para tener una respuesta a partir del día 9 en que salimos del estado de alarma, pero desgraciadamente no de la pandemia. Continúa, pero en unas condiciones muy diferentes, afortunadamente tenemos mejores datos y mejores noticias. Tenemos que trabajar en coordinación con las comunidades, y bajo el criterio de los expertos. Debemos continuar esta senda que nos permita doblegar esta situación«.

«Este real decreto nos coloca en un paraguas de protección por parte del Tribunal Supremo. Hemos de esta tranquilos, los gobiernos autonómicos pueden seguir planteando medidas. Contempla el soporte legal para mantener algunas medidas, muchas necesitaban de este soporte. Medidas de protección excepcional en materia socioeconómica, que se van a mantener tres meses, hasta el 9 de agosto. Están explicitadas en el texto, con elementos como el bono social, la posibilidad de las medidas protectoras en materia de vivienda y pobreza energética, o la obligación de rehacer las reuniones de las comunidades de propietarios. Hemos ido coordinando entre los ministerios aquellas que necesitaban del soporte».

Por tanto, las medidas que propongan las comunidades deberán ser validadas por el Tribunal Supremo. «Es evidente que las comunidades pueden proponer, argumentar y decidir a los tribunales situaciones como los toques de queda, pero están sometidas a la autorización judicial. Para que todas las autonomías puedan, con los mismos elementos de juicio proponer a los tribunales, se da lugar a que sea el Supremo el que decida y unifique por todos y para todos«.

«Se pueden seguir tomando muchas decisiones de protección, incluso las que afectan a derechos y libertades públicas. En tiempo récord el tribunal supremo puede dictar la última palabra y ofrecer seguridad jurídica».

En el momento en que acabe el estado de alarma el Gobierno establecerá varias medidas, la mayoría de carácter social. Estas serán prorrogadas durante tres meses más:

  • En lo referente al control de la pandemia, se controlará la entrada de pasajeros internacionales, especialmente cuyo origen sea de países donde se hayan detectado variantes preocupantes.
  • La suspensión de los desahucios y la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Junto a esta, la garantía de suministro de agua, energía y el bono social de la electricidad. También se extiende la cobertura reforzada a las mujeres víctimas de violencia de género.
  • Se mantienen las ayudas a la jubilación a aquellos profesionales que volvieron a la actividad para ayudar contra la pandemia.

 

Comparte: Tras el 9 de mayo las medidas del “Estado de Alarma” quedan en manos de las Comunidades Autónomas