Nueva medida de seguridad en la Calle Constitución de Requena
Leer más
El agua ya es apta para consumo en las pedanías de Las Casas y Los Corrales
Leer más
Semáforos en el puente de la N-III para regular la circulación tras la Dana
Leer más

EL OBSERVATORIO DEL TEJO. JULIÁN SÁNCHEZ

La libertad es un concepto que aporta todos los parámetros objetivos que lleven a alcanzar uno de los bienes más importantes con los que contamos los seres humanos; el Estado de Derecho. Un índice de libertad siempre conduce a una mayor seguridad y una mayor prosperidad. La capacidad de tomar decisiones permite a los individuos probar nuevos caminos y buscar constantemente una mejoría en sus perspectivas.

La Declaración Conjunta Sino-Británica, conocida formalmente como la Declaración Conjunta del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Gobierno de la República Popular de China sobre la cuestión de Hong Kong, fue firmado por el Primer Ministros Zhao Ziyang y Margaret Thatcher de la República Popular de China y las del Reino Unido, el 19 de diciembre de 1984 en Beijing, fue concebida como el documento que regularía el traspaso de poderes en Hong Kong y que permitiría una transición y una autonomía especiales para la isla. El sistema que se concibió sería descrito por Den Xiaoping como «un país, dos sistemas». El principal problema que presentaba la devolución de Hong Kong era el de integrar un sistema capitalista y semi-democrático dentro de la República Popular China.

El acuerdo al que se llegó permitiría a Hong Kong mantener su autonomía y el libre mercado por un período de cincuenta años, mientras que la soberanía pasaría a China, que tomaría el control en cuestiones de política exterior y defensa. De esta manera, China se comprometía a permitir el avance progresivo de Hong Kong hacia una democracia total, reconociendo su gobierno autonómico hasta el año 2047. De esta forma surgió la Región Administrativa Especial de Hong Kong (RAEHK).

La dificultad de integrar un reputado sistema de características neoliberales en otro de cerradas estructuras propias del marxismo clásico,  vino a dejar en el aire importantes flecos, sobre todo los estipulados en el artículo 45 del tratado que, para los líderes de los movimientos pro-democráticos en Hong Kong, reconoce el derecho al sufragio universal, mientras que el Partido Comunista Chino pone el acento en el “mantenimiento del orden y la estabilidad”, quedando abierto a ambas interpretaciones. Este vino a ser uno de los legados que la Declaración Conjunta, y del final del dominio británico en 1997 dejaron inconclusos.

En consecuencia, en los años 2007 y 2008, el ejecutivo chino se opuso de plano a la posibilidad de que se llevasen a cabo elecciones democráticas en Hong Kong, obligando a posponer la introducción del sufragio universal hasta el 2017. A tal efecto, en agosto del 2014 el gobierno de Pekín dispuso la publicación de un libro blanco donde se recogía la decisión de China de desbaratar las elecciones democráticas del 2017, lo cual desató la oleada de protestas que sacuden a la RAEHK.

La unilateral interpretación que el gobierno de Pekín otorga al espíritu el tratado convierte a China en el origen único de la autoridad de la Ley Básica de Hong Kong. Esto supone la subordinación última de la región administrativa al gobierno central, lo que los movimientos pro-democráticos de la ex colonia han interpretado como una violación de la Declaración Conjunta de 1984, y del principio constitucional de «un país, dos sistemas.»

El concepto marxista de democracia deviene claro para Pekín, al asegurar que el sufragio universal nunca ha sido una opción presente ni en los acuerdos de 1984, ni en la historia de Hong Kong. Del mismo modo los dirigentes comunistas hacen pie en su afirmación al asegurar que los gobernadores británicos eran elegidos por la Corona Británica, no por el pueblo y, en consecuencia, ellos consideran mucho más importante el mantenimiento del “orden y la estabilidad” tradicionales justificaciones marxistas a su peculiar establishment,  que el avance hacia un sistema puramente democrático en la zona, tal y como interpretan que establece el espíritu  del propio artículo 45 de la Declaración Conjunta.

En resumen que la cuestión principal, no obstante, radica en el vacío legal que atañe al origen de la Ley Básica y es el asidero al que se aferra el gobierno comunista chino para negar la posibilidad de sufragio al pueblo de Hong Kong. Consecuentemente esta cerrazón es lo que ha provocado las protestas organizadas por la plataforma Occupy Central, y también lo que ha originado la contra reacción del gobierno del Pekín a adoptar la decisión de que los ciudadanos de Hong Kong sólo podrán elegir a sus líderes de entre una lista de candidatos pre-aprobados por el gobierno central.

La situación actual podía presumiste en consecuencia al contraste tan antagónico experimentado por los dos sistemas que pretendían homologarse. Por un lado Hong Kong, importante núcleo neocapitalista procedente de un sistema como el anglo-sajón parte del sistema capitalista mundial del imperio, lo que permitió su extraordinario desarrollo financiero mientras China sufría las penalidades propias del régimen maoísta.

La sustitución de un régimen de libertades por otro del denominado “de orden y estabilidad”, no puede aportar otra cosa sino desestabilización y empobrecimiento. El encorsetamiento marxista a la iniciativa privada ya conocemos a que vino a dar origen. El patrón venezolano que algunos pretenden proponer para el futuro de nuestro país no ofrece nada que alcance a aportar salida a la actual situación de crisis por la que atraviesa nuestra sociedad, más bien al contrario, más corrupción y más pobreza.

El propio Eduard Bernstein, en su tratado “Las premisas del socialismo y las tareas de la socialdemocracia” constataba que las predicciones del marxismo son erróneas. Para Bernstein, el sufragio universal es el arma del proletariado. Donde existe, “los obreros tienen más poder y pueden hacer más presión y naturalizar industrias, hacer cambios sociales”. No se ve en este padre de la socialdemocracia la opción personal sobre el camino de la revolución sino un cambio gradual y evolutivo de las clases sociales.

Estemos alertas a los cantos de sirena. La defensa de la libertad y el estado de derecho debe primar siempre por encima de las soflamas sustentadoras de unas promesas de la nada, pues nada existe en algunas ofertas de supuestos programas regeneracionistas los cuales deberían comenzar por la regeneración de sí mismos. La libertad es algo que cuesta mucho de implantar y más de desarrollar, pero muy poco de extinguir para los extremos de un lado u otro quienes añoran los status de “orden y estabilidad” preexistentes, pero eso sí impuestos por sí mismos sobre la generalidad de la ciudadanía, ese orden y estabilidad sui géneris obtenidos de encorsetar los medios de comunicación, someter los poderes del estado al del gobierno de turno promulgando la inseguridad jurídica y condenar al disidente hasta su incomunicación más ignominiosa. Ya lo dijo Trotski; “Para conseguir la revolución hay que seguir cualquier estrategia y una vez en el poder aplicar tu propia visión”. Acabó siendo víctima en Siberia de sus propios planteamientos.

Julián Sánchez

Comparte: La difícil pervivencia de la libertad