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Fuente Lasprovincias.es
El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear ha acordado emitir un apercibimiento al titular de la central nuclear de Cofrentes (Valencia) por haber mantenido la conducta «inadecuada» de un representante del titular que «menospreció e interfirió la labor inspectora del organismo regulador».
Según ha informado el CSN, este incumplimiento se produjo durante la inspección del Plan Básico de Inspección sobre seguridad física llevada a cabo el 26 y 27 de febrero de 2014. En dicha inspección, el equipo recibió un trato «ofensivo e inadecuado» por parte de un representante del titular, que con su actitud obstruyó el adecuado desempeño de la función inspectora.

En concreto, explica que estos hechos se han valorado de acuerdo al artículo 86 de la Ley 26/1964 como infracción leve, por lo que se ha propuesto un apercibimiento al titular de la mencionada instalación.
Además, puesto que de los hechos descritos se concluye que la comisión de la infracción se asocia con la actuación de una persona física, se considera oportuno aplicar lo previsto en el artículo 91.4 de la Ley 25/1964 de Energía Nuclear.
Este artículo expone que «con independencia de la sanción que pudiera corresponder en su caso al titular, el Consejo de Seguridad Nuclear podrá amonestar por escrito a la persona física que, mediante negligencia grave, sea responsable de la realización de una mala práctica por la que se haya originado la comisión material de hechos susceptibles de sanción».
Por tanto, el pleno del CSN ha acordado amonestar también a la persona que obstruyó la labor de los inspectores.

Comparte: El CSN apercibe a la Central de Cofrentes por «trato inadecuado»