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El Real Decreto del Gobierno no incluye estas actividades entre los supuestos para la libre circulación de personas.

La Dirección General de Medio Natural anuncia la suspensión hasta el próximo 28 de marzo. A partir de esta fecha, en caso de prorrogarse el Estado de Alarma, emitirá una nueva valoración.

Requena, (21/03/20). Redacción.

La Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, a través de la Dirección General de Medio Natural y Evaluación ambiental, ha ordenado la suspensión de la caza y de la pesca continental recreativa.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, no contempla la actividad cinegética ni la pesca entre los supuestos permitidos para la libre circulación de personas; hecho que motiva la decisión de la Conselleria dentro de los marcos de interpretación de la norma.

La nota informativa emitida por Medio Natural y Evaluación Ambiental, motivada por la crisis sanitaria provocada por Covidien-19, señala que el desplazamiento para el desarrollo de estas actividades durante el Estado de Alarma «no queda justificado como causa de fuerza mayor o situación de necesidad «.

La suspensión se extiende a todos los concursos y competiciones de pesca, que conllevan concentraciones de personas, y cualquier acción de caza recogida en la Ley 13/2004, de 27 de diciembre.

Incluye por tanto también a la caza por razones de control, gestión, científicas o educativas. En este sentido, la nota especifica la prohibición de la actividad de control de especies cinegéticas que se desarrolla en época primaveral.

La suspensión estará vigente durante el Estado de Alarma (28 de marzo). A partir de esta fecha, y en caso de prorrogarse el periodo de alarma, se efectuará una nueva valoración de las medidas adoptadas.

Comparte: La Conselleria de Agricultura y Transición Ecológica suspende la caza y la pesca recreativa