Fuente:»Requena: nuestra actualidad política»
PRIMERA SEMANA, PRIMERA POLÉMICA:
¿CUÁNTOS CONCEJALES LIBERADOS SE NECESITAN PARA GESTIONAR EL AYUNTAMIENTO DE REQUENA Y QUÉ SALARIO DEBERÍAN RECIBIR?
¿Alguna vez nos ha pasado que, al ir a un restaurante y comer con la familia, pedimos la cuenta y nos quedamos petrificados al ver la cuenta que tenemos que pagar?
Al parecer eso es lo que ha ocurrido en el primer Pleno municipal de Requena de la nueva legislatura en el que el PSOE, Requena Participa y Ciudadanos, aprobaron la propuesta de emplear a cuatro concejales a jornada completa y los salarios que percibirán. Algunos han reaccionado llevándose las manos a la cabeza, mientras otros han visto este procedimiento como algo completamente normal.
ARGUMENTOS A FAVOR
Básicamente los argumentos a favor son los referidos al hecho de que es necesario emplear al menos cuatro personas a dedicación exclusiva para gestionar un municipio de más de 20 mil habitantes y 25 aldeas. Además de coordinar las diferentes concejalías del Municipio, hay que agregar otros compromisos que los cargos conllevan, reuniones, viajes y desplazamientos, Plenos, comisiones, obligaciones sociales, etc. No se trata pues de un empleo de ocho horas al uso, sino de un compromiso continuo prácticamente durante todos los días de la semana y del año entero.
ARGUMENTOS EN CONTRA
Entre los argumentos en contra hallamos que en realidad no hacen falta cuatro personas liberadas a jornada completa ni mucho menos son aceptables los salarios aprobados cuyas cuantías son excesivas. Se han denunciado falta de coherencia política, demagogia, incumplimiento de Programa electoral, quebrantamiento de códigos éticos [1] e incluso acusaciones mucho más serias como despilfarro de dinero público. [2]
¿Cuál es la posición correcta?
Antes de tomar posiciones sobre la conveniencia o no esta decisión, conviene conocer algunos datos interesantes para comprender el contexto de manera global.
LO QUE DICEN LOS DATOS
¿Cuántos concejales se han empleado en el Ayuntamiento a dedicación exclusiva en los últimos años? ¿Cómo saberlo?
Encontrar la información no es difícil. En la misma página web del Ayuntamiento, (www.requena.es) en el apartado de “Transparencia Municipal” hallaremos documentos que contienen un histórico de las “Retribuciones de la Corporación” desde el año 2009. [3] En dichos documentos están los siguientes datos:
Concejales liberados
2009: 4 // PSOE
2010: 4 // PSOE – de enero a agosto y 3 de septiembre a diciembre
2011: 3 // PSOE – de enero a junio y 4 // PP – de julio a diciembre
2012: 4 // PP
2013: 4 // PP, excepto junio y julio
2014: (PP) 4
2015 (hasta marzo): (PP) 4
Como vemos, desde 2009 se ha mantenido un número estable de cuatro concejales liberados a jornada completa, indistintamente de qué Partido gobierne el Ayuntamiento. ¿Son muchos o pocos? Sería una pregunta a debatir.
No obstante, a la luz de estos datos y a las actas de los Plenos entre 2011-2015 [2], resulta una incoherencia del PSOE repetir en diferentes ocasiones que no hacían falta más de dos concejales liberados para gestionar el municipio cuando el mismo Partido había tenido cuatro personas liberadas la mayor parte del tiempo de su anterior legislatura y cuando el PP tenía también a cuatro personas. La incoherencia se acentúa si una de sus primeras decisiones al retomar el gobierno es precisamente liberar a cuatro personas a tiempo completo. Esos simplemente son datos objetivos.
‘NETOS, BRUTOS, 12 PAGAS, 14 PAGAS, RETENCIONES… ¿PERDÓN, CÓMO DICE?…’
Otro de los puntos polémicos es la cantidad de los salarios. ¿Qué salario es suficiente para hacer el trabajo requerido? ¿Cuánto es lo justo?
Antes que nada, ¿qué unidad de medida deberíamos utilizar para medir los salarios de cada concejal? ¿Netos, brutos, mensuales o anuales? Quizás la pregunta que nos ayudaría a saberlo sea: ¿CUÁL ES LA TOTALIDAD DEL DINERO QUE SALE DE LAS ARCAS PÚBLICAS?
Por esta razón, hemos optado tomar como referencia el SALARIO BASE ANUAL, pues este concepto ofrece una imagen completa de cuánto dinero cuesta a los requenenses pagar el salario de los concejales liberados en su totalidad, independientemente que después cada quien prefiera desglosar y calcular en 12, 14 o 100 pagas brutas, netas y retenciones.
Utilizando los mismos documentos históricos referidos anteriormente (“Retribuciones de la Corporación”) [4], se ha calculado el resultado de los promedios reales de salarios en base anual y se obtuvieron los siguientes resultados: *
(Ver gráficos adjuntos)
Legislatura PSOE (2009 a junio de 2011)
Concejal 1: 34.872,08 €
Concejal 2: 38.972,93 €
Concejal 3: 39.824,22 €
Concejal 4: 38.972,93 €
TOTAL: 152.642,16 €
Legislatura PP (julio 2011 a marzo 2015)
Concejal 1: 36.613,45 €
Concejal 2: 39.375,22 €
Concejal 3: 37.428,21 €
Concejal 4: 36.724,57 €
TOTAL: 150.141,45 €
Legislatura PSOE 2015
Presupuesto salarios, base anual
Concejal 1: 37.557,00€
Concejal 2: 37.557,00€
Concejal 3: 37.557,00€
Concejal 4: 37.557,00€
TOTAL: 150.228,00€
Y simplificando más los totales anuales:
Legislatura PSOE (2009 a junio de 2011): 152.642,16 €
Legislatura PP (julio 2011 a marzo 2015): 150.141,45 €
Legislatura PSOE 2015 – (presupuestado): 150.228,00€
NOTA: En aras de simplificar los datos, no se han incluido las dietas y desplazamientos, ni de los concejales liberados, ni del resto de concejales del Partido en el gobierno o en la oposición, cantidades por demás interesantes que pueden ser objeto de análisis a futuro.
* Ver documento completo Excel desglosado por concejal, mes y año (2009-2015): https://docs.google.com/…/1M9-SB-4q5scjlHsQtcL_BuOf4k…/edit…
Como vemos, al usar como referencia el salario base anual tenemos una imagen muchísimo más clara de cuánto dinero cuesta a las arcas públicas el salario de los cuatro concejales liberados. Así podemos comprobar claramente un aumento de 86,55€ más con respecto al período anterior y no un ahorro de 8.000€ como apunta la versión oficial.
Otras confusiones en este tema se generan al intentar poner una medida base para limitar los sueldos. Por ejemplo, Requena Participa en su documento de “Compromiso ético” [5] se comprometía a que “todos los cargos electos aceptarán la limitación que se establezca con carácter general sobre el número de funciones públicas que pueda desempeñar una única persona y a recibir un único salario por las mismas, salvo que sumen menos de tres salarios mínimos.” (Punto XI b) Mientras en su Programa electoral [6] concretaba: “El sueldo neto recibido por alcalde y concejales liberados será, como máximo, el correspondiente a tres veces el salario mínimo interprofesional (648,60€ x 3= 1.945€) en 14 pagas anuales” (Punto 3 b)
¿En qué se basaron para establecer un límite de “tres veces el salario mínimo interprofesional”? ¿Por qué no una vez? ¿o dos veces? ¿O por qué no cuatro o cinco? ¿Por qué no el máximo legal permitido? ¿En qué se basaron para usar como referencia un salario neto y no bruto cuando este también es parte de la retribución y también es parte del dinero público? No lo sabemos.
Por otro lado, existe una inquietante pregunta que queda para la reflexión: si el PSOE, según un comunicado, solo ‘se limitó al máximo que Requena Participa proponía’ [7], o si no hubieran límites específicos, entonces ¿qué límites se hubiera autoimpuesto por sí mismos? ¿El de la legislatura anterior del PSOE? ¿El de la legislatura del PP? ¿El máximo legal permitido?
LO QUE DICE LA LEY
A todo esto, ¿qué dice la ley? ¿cuál es el máximo legal permitido en los salarios a concejales de Ayuntamientos?
Pues bien, la Ley de Reforma Local, que entró en vigor el año pasado, impone los límites salariales para los miembros de las corporaciones locales por todos los conceptos retributivos y asistencias. En esos máximos se incluye el sueldo, el complemento de destino, complemento específico y productividad, más dos pagas extraordinarias. El límite al sueldo se liga, entre otros criterios, a la naturaleza de la corporación local y a su población. Así, en municipios cuya población oscile entre 20.001 y 50.000 habitantes, el tope legal es de 55.000 euros. [8]
Además, la Ley de Reforma Local no sólo limita las retribuciones de los máximos responsables de los ayuntamientos, sino también el número de concejales con dedicación exclusiva. Según esa norma, en los Ayuntamientos de Municipios con población comprendida entre 20.001 y 35.000 habitantes, los miembros que podrán prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva no excederá de diez personas. [9]
ALGUNAS CUESTIONES PARA LA REFLEXIÓN
Para finalizar, en lugar de respuestas, preferimos dejar preguntas para la reflexión: ¿cuántos concejales liberados se necesitan para gestionar el Ayuntamiento de Requena y qué salario deberían recibir? ¿Qué criterios son los válidos?
Conviene consensuar y establecer estos criterios de forma transparente, en verdadero consenso con todas las fuerzas políticas y con la ciudanía para evitar utilizar este asunto como arma arrojadiza cada vez que el consistorio cambia de color político. Si no se busca consenso y en su lugar se prefiere la ambigüedad y la polémica, ¿qué legitimidad queda para más adelante apelar al diálogo?
¿Es un salario de más de 3 mil euros mensuales mucho, poco o justo? ¿Puede alguien decir que representa a la clase trabajadora cuando se adjudica para sí mismo un salario que cientos de personas y familias enteras no tienen ni de lejos? ¿Se sentirán representadas esas familias por este tipo de política? ¿Existen otras alternativas más justas o equitativas?
Tal como cuando entramos a un restaurante, lo más sensato es preguntar antes el coste de lo que vamos a consumir, así también es importante ser conscientes del precio de lo que elegimos antes de pagarlo con nuestro voto. Es importante conocer lo que votamos para poder exigir el cumplimiento de las promesas dadas.
Día tras día debemos vigilar, fiscalizar, exigir transparencia y rendición de cuentas o denunciar públicamente aquello que consideremos que no se ajusta a lo que esperamos. Para ello hace falta que mostremos al menos un poco de interés en los asuntos públicos que nos incumben y afectan.
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REFERENCIAS
[1] Comunicado de IU Requena:
https://www.facebook.com/iu.joveseupv/posts/463623370474123
[2] Comunicado del Partido Popular Requena:
http://pprequena.org/populares/?p=1210
[3] Portal de transparencia municipal, Ayuntamiento de Requena:
http://requena.es/es/content/transparencia-municipal
[4] Documentos en PDF:
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2009)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2010)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2011)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2012)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2013)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2014)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
Retribuciones percibidas por la Corporación (año 2015, hasta marzo)
https://requena.sede.dival.es/…/…/sede/paginas/download.jsp…
[5] Documento de “Compromiso ético” de Requena Participa:
https://drive.google.com/…/0BwEBg5WOMs3qWnZzeEVWX1gtM…/view…
[6] Programa electoral de Requena Participa:
https://drive.google.com/…/0BwEBg5WOMs3qb3h5b2wxV0hja…/view…
[7] Comunicado de Requena Participa:
https://requenaparticipa.wordpress.com/…/requena-participa…/
[8] http://cincodias.com/…/03/05/economia/1394018564_610508.html
[9] http://www.sueldospublicos.com/…/los-limites-salariales-y-d…