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Hacienda deja sin rebaja de módulos por la energía eléctrica a quienes no riegan a través de comunidades de riego, como cooperativas, SATs o sociedades civiles

 

Requena (01/12/22)- AVA-ASAJA

La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) considera “insuficientes” las medidas fiscales dirigidas al sector agrario que hoy ha aprobado el Ministerio de Hacienda mediante la Orden HFP/1172/2022.

Entre las deficiencias detectadas por la organización agraria destaca el hecho de que el Gobierno “sigue discriminando entre los agricultores beneficiarios por los índices correctores a cultivos de regadío que utilizan energía eléctrica, ya que únicamente se podrán acoger a esta rebaja fiscal quienes riegan sus explotaciones a través de comunidades de regantes, pero Hacienda deja fuera a los agricultores que riegan desde otras entidades como cooperativas, SATs o sociedades civiles, etc.”

Otra crítica de AVA-ASAJA a la Orden del Gobierno es la revisión, para el ejercicio 2023, del tratamiento tributario de las ayudas directas desacopladas que los agricultores reciben a través de la Política Agrícola Común (PAC). Hasta ahora estas subvenciones se acumulaban a los ingresos percibidos de la venta de los cultivos para calcular sobre la cantidad total el índice de rendimiento neto, que ante situaciones excepcionales puede reducirse. La novedad publicada hoy en el BOE dicta, sin embargo, que cuando el perceptor de la ayuda directa obtenga ingresos por actividades agrícolas o ganaderas, distintos de la subvención, que supongan menos del 25% del importe total, el índice de rendimiento neto a aplicar sobre las ayudas directas será del 0,56 y, por tanto, “comportará una mayor carga fiscal a aquellos agricultores o ganaderos que sufran una pérdida importante de la producción comercializada”.

La valoración de AVA-ASAJA resulta “agridulce porque el Gobierno ha atendido algunas de las reivindicaciones que veníamos solicitando para aliviar la escalada extraordinaria de los costes de producción”. Un aspecto positivo es el incremento del 5 al 15% de la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos para el periodo impositivo 2022 y del 5 al 10% para 2023. Adicionalmente, en ambos años el rendimiento neto podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de los fertilizantes, siempre y cuando se aporten facturas que demuestren esas adquisiciones, lo cual no suele suceder en el caso de aquellos agricultores cuyas entidades de riego incorporan los fertilizantes en el riego y no disponen por lo tanto de facturas específicas de adquisición de fertilizantes.

Del mismo modo, Hacienda mantendrá para el periodo impositivo 2022 las modificaciones establecidas en 2021 sobre los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos que empleen energía eléctrica.

 

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