jueves, 10 marzo
El día 15 de Marzo se celebra el Día Mundial del Consumidor. El origen de este día lo tiene un discurso ante el Congreso de Kennedy en 1962, dedicado íntegramente a este colectivo, es decir a todos, y plasmando la necesidad de reconocer sus derechos y medios para protegerlos.
Los derechos se fueron instalando en escala, primero el de información y seguridad, y luego el resto…, reparación, educación, necesidades básicas y protección del medio ambiente.
En España se inició más tarde, en los años 80, aunque el art. 51 CE, ya mencionaba este derecho, y fue a raíz del caso del “aceite de colza” cuando se ve la necesidad de legislación específica.
En cuanto a nuestro municipio, recordar el servicio OMIC, Oficina Municipal de Información al Consumidor, que en Requena data de más de 25 años de existencia, y su personal fijo y especializado está al frente desde el año 97. Aunque ha pasado por varios horarios y ubicaciones, en la actualidad está ubicado en el Ayuntamiento, dentro del SAT, pero con gestor de colas independiente. Su horario de atención de lunes a jueves de 9.00 a 14.00 horas.
Se ha conseguido a lo largo de los años colaborar con la Junta Arbitral de Consumo, elaborar notas de prensa, tener una web actualizada, colaborar con emisoras de radio, elaborar folletos, calendarios, etc.
Entre los objetivos básicos, la OMIC de Requena pretende aportar la máxima transparencia de sus servicios con sus memorias… y colaborar para intentar corregir el mercado, advirtiendo obre redes de alerta, colaborando con Guardia Civil o Policía Local e informando sobre cambios normativas que afectan a los consumidores.
La función básica de la OMIC es ser el cauce de las quejas, denuncias o reclamaciones de los consumidores, con fundamento, ya que se debe aportar la documentación de los hechos. La OMIC de hecho es una oficina de mediación, pues no sanciona, ni aplica la normativa, esto es MEDIACIÓN EN CONSUMO.
La mediación es una fórmula de resolución de conflictos cada vez más utilizada por su eficacia, y en muchos ámbitos como el familiar y el laboral. Con la nueva ley 5/2012, 5 de abril, también en el ámbito civil y mercantil, como fase previa incluso a la vía judicial.
Se trata pues de una solución extrajudicial de resolución de conflictos, en el que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí misma un acuerdo con la intervención de un mediador.
En el ámbito de consumo, no se encuentra el procedimiento propiamente regulado, pero sí se menciona como una fórmula más extrajudicial de resolución de conflictos, como el arbitraje, las acciones de cesación… y este ámbito está expresamente excluido en la normativa reciente sobre mediación en otros ámbitos.
En el caso de consumo, recordar que la OMIC es una oficina municipal, y eso sí, una de las partes debe ser un profesional para tratarse de una relación consumo.
En torno a esta conmemoración del Día Mundial del Consumidor, la OMIC aprovecha para recordar sus funciones y objetivos. Además están previstas actividades extraordinarias y nuevas colaboraciones en medios de comunicación.
* Más información en el apartado Áreas Temáticas / Consumo de la web municipal:
http://www.requena.redomic.com/